Noticias El Gobierno amplía desde este miércoles el uso del Certificado COVID a las actividades de mayor concentración social, tras el aval de los tribunales

El Gobierno amplía desde este miércoles el uso del Certificado COVID a las actividades de mayor concentración social, tras el aval de los tribunales

29 dic 2021

Hoy, 29 de diciembre del 2021 se ha publicado el BOIB Num 179 donde entra en vigor la obligacion de presentar el certificado COVID para entrar en instalaciones deportivas ( esto incluye clubs nauticos) y en la participación en competiciones deportivas y entrenamientos al aire libre e interior para mayores de 12 años.

 

FBV-Juanito Manresa
https://www.caib.es

El Gobierno de las Illes Balears ha recibido hoy el aval del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears para activar desde hoy miércoles 29 de diciembre del 2021 las medidas acordadas el pasado jueves para ampliar el uso del Certificado COVID a las actividades de mayor concentración social y garantizar espacios seguros para todos.

Estas medidas suponen para las islas que tengan el nivel 3 de alerta, como por ejemplo Mallorca, Menorca y Eivissa, la obligación de pedir el Certificado COVID a todos los establecimientos de restauración, independientemente de su capacidad; en todos los establecimientos culturales, independientemente de si se consume o no, y en todos los eventos organizados con motivo de fiestas populares que no puedan ser aplazadas, como recomiendan las autoridades sanitarias.

Aparte de todos los ámbitos en los que ya se exigía el Certificado COVID según los niveles de alerta sanitaria (recogidos en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2021), el Acuerdo ahora validado por los tribunales añade otros a los ya existentes, concretamente para los territorios que se encuentren en el nivel 3 o superior.

Los nuevos ámbitos que se incluyen son los siguientes:

  • Gimnasios de todo tipo y otras instalaciones deportivas
  • Academias de baile
  • Todo tipo de eventos culturales y deportivos en espacios interiores, como cines, circos de carpa, teatros, auditorios, salas de conciertos (independientemente de si se permite consumir o no), spas, piscinas termales y otros establecimientos cubiertos donde se lleven a cabo actividades culturales y deportivas
  • Congresos, seminarios, jornadas, asambleas, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos.
  • Clubes de personas mayores y espacios que desarrollen actividades que les son propias.
  • Establecimientos de juegos y apuestas.
  • Establecimientos de restauración calificables como tales de acuerdo con lo que disponen los artículos 53, 54 y 55 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears, con capacidad interior para menos de 50 personas. Lo dispuesto en este apartado es de aplicación también a los espacios con servicio de restauración ubicados en alojamientos turísticos, instalaciones deportivas, centros recreativos para personas mayores y locales de juegos y apuestas. También es aplicable a los establecimientos o locales donde se lleven a cabo celebraciones con participación de menos de 50 personas y en las que se presten actividades de restauración y/o baile, así como a cualquier establecimiento o instalación donde se lleve a cabo actividad de restauración.
  • Participación en competiciones deportivas y entrenamientos al aire libre e interior para mayores de 12 años.

En el acceso se tendrá que chequear:

  •  Acreditación documental de estar vacunado 
  • Acreditación de haber sufrido la enfermedad dentro de los seis meses anteriores 
  • Haberse sometido a una PDIA con resultado negativo entre las 48 y las 72 horas anteriores al acceso. 

Vacunación y precaución

El Gobierno de las Illes Balears mantiene que la vacunación y la precaución son, por ahora, fundamentales para cortar la transmisión de contagios. En este sentido, a lo largo de estas fiestas más de 36.000 personas en la comunidad están recibiendo la primera dosis, generalmente en el caso de niños, o la de refuerzo en las edades adulta y mayor, que mejora sustancialmente la protección contra la variante ómicron, ya mayoritaria en el archipiélago. Además, se sigue recomendando reducir los contactos sociales y evitar las situaciones de mayor riesgo: reuniones con mucha gente, espacios sin ventilar y lugares donde las personas no hacen uso de la mascarilla. En caso de participar en un encuentro social, deben mantenerse siempre todas las medidas de seguridad (ventilación, higiene de manos, mascarilla y distancia). Si se presentan síntomas compatibles o se tiene contacto directo con una persona contagiada, es necesario extremar todas las precauciones, evitar contactos y hacerse enseguida una prueba de cribado.

¿Quién puede ser vacunado sin necesidad de solicitar cita?

-Personas de 12 años y más que no hayan recibido ninguna dosis y residan en las Islas Baleares.

Incluye:

-Residentes en situación no regularizada.

-Residentes en situación de vulnerabilidad social.

-Residentes otras comunidades autónomas u otros estados de la Unión Europea desplazados en las Islas Baleares temporalmente por motivos laborales y/o familiares. Si no han podido darse de alta en un centro de salud, tienen que aportar en su punto de vacunación documentación que acredite esta situación, como por ejemplo el contrato de trabajo. 

¿Dónde puedo ir a vacunarme sin cita previa? 

https://www.google.com/maps/d/u/0/viewer?mid=1-k_lwPETbeJd8zJHT-wzdbPHBsEgAkA9&ll=39.2338888052406%2C2.893840257618372&z=9

Más información sobre la vacunación en

https://www.ibsalut.es/es/plan-de-vacunacion-contra-la-covid-19